Tarifa plana de 80 euros para nuevos autónomos.

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En España, la «tarifa plana» es una medida dirigida a nuevos autónomos que busca facilitar su incorporación al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA enlace al artículo RETA). Esta medida consiste en una reducción en las cotizaciones sociales durante los primeros meses de actividad como autónomo.

Las personas que opten por registrarse por primera vez en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) durante el año 2024 tienen la opción de solicitar la aplicación de la tarifa plana de 80 euros (igual cuantía que en 2023) al realizar el trámite de alta.

Esta tarifa plana de 80 euros entró en vigor en enero de 2023, sin embargo, los autónomos que se dieron de alta en 2022 y en años anteriores mantendrán la tarifa plana de 60 euros en el caso que no haya terminado su plazo de duración, pues recuerda que una vez transcurrido al plazo de la tarifa plana, el autónomo será incluido en el nuevo sistema de cotización por tramos, que se ajusta a sus ingresos reales. De este modo, iniciará su cotización según el tramo correspondiente a sus ingresos y no según la tarifa plana para los nuevos autónomos. Para más información consulte nuestro artículo sobre bases de cotización 2024 (enlace artículo bases de cotización 2024)

Para acceder a esta tarifa plana, es necesario cumplir con lo siguiente:

  • No haber estado inscrito en el RETA en los 2 años inmediatamente anteriores a la fecha de efecto de la nueva alta, o en los últimos 3 años en caso de haber disfrutado previamente de esta deducción.
  • No desempeñar la función de autónomo colaborador.
  • No contar con deudas pendientes con la Seguridad Social y Hacienda.

Además de los 80 €, se añade un pequeño porcentaje adicional en concepto de Mecanismo de Equidad Intergeneracional (0,6%), alcanzando un total de 85,71 €.

  • La duración es de 12 meses desde el inicio de la actividad del autónomo.
  • Pasados estos 12 meses, puede ampliar la duración 12 meses más, siempre que anticipe que sus rendimientos anuales estarán por debajo del salario mínimo interprofesional (SMI), es decir, en total puedes pagar 85,71€ euros/mes durante dos años desde el inicio de tu actividad.
DuraciónCuota de autónomo (en euros)
12 primeros meses85,71 €

Prórroga de los siguientes 12 meses
Rendimientos inferiores al SMI85,71 €
Rendimientos superiores al SMIBases de cotización 2024

Existen reducciones específicas en situaciones particulares. Como en caso de discapacidad, víctimas de terrorismo o de violencia de género, autónomos en pluriactividad… e incluso en diversas Comunidades Autónomas la bonificación llega hasta el 100% de la cuota, reduciendo así la cuota a 0€. Todo esto lo vemos más detalladamente a continuación.

→ Para autónomos discapacitados (al menos 33%), víctimas de violencia de género o víctimas de terrorismo:

  • La duración es de 24 meses desde el inicio de la actividad del autónomo.
  • Pasados estos 24 meses, puede ampliar la duración 36 meses más, siempre que anticipe que sus rendimientos anuales estarán por debajo del salario mínimo interprofesional (SMI). ¡Cuidado! En esta prórroga de 36 meses, el valor de la tarifa será de 160€/mes.

→ Para autónomas menores de 35 años y autónomos menos de 30 años:

La duración es de 12 meses desde el inicio de la actividad del autónomo (como lo visto anteriormente para el plazo general). Pasados estos 12 meses, puede ampliar la duración 24 meses más (Aquí está la diferencia, en el caso general la prórroga solo era de 12 meses), siempre que anticipe que sus rendimientos anuales estarán por debajo del salario mínimo interprofesional (SMI), es decir un total de 3 años con la tarifa plana de autónomos/as.

→ Para autónomos en municipios con menos de 5000 habitantes:

Autónomos que:

  • se den de alta en Hacienda con domicilio fiscal en una población de menos de 5,000 habitantes,
  • que estén empadronados y
  • ejerzan su actividad económica en esa localidad,

Se beneficiarán automáticamente de una tarifa plana extendida para autónomos.

En concreto, tendrán la opción de abonar 80€ al mes durante los primeros 2 años de actividad, independientemente de si están por debajo del SMI, es decir, el doble del periodo concedido a un autónomo con el mismo tipo de trabajo en una ciudad más grande. Adicionalmente, si los ingresos caen por debajo del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), podrán disfrutar de una reducción en la cuota durante 12 meses más, en total una duración de 3 años.

→ Para autónomos en pluriactividad:

Los trabajadores autónomos en situación de pluriactividad, que desempeñan labores tanto por cuenta propia como ajena simultáneamente, tienen la opción de elegir entre solicitar la tarifa plana de autónomos o solicitar una reducción en sus cotizaciones. Este descuento se aplica durante un período de hasta 3 años.

  • Autónomo que trabaja por cuenta ajena a jornada completa: Durante los primeros 18 meses, puede solicitar una reducción del 50 % en la base de cotización. Posteriormente, del mes 19 al 36, este descuento disminuye al 25 %.
  • Autónomo que trabaja por cuenta ajena a tiempo parcial: En los primeros 18 meses, el descuento aplicado a la base de cotización es del 25 %. Después, del mes 19 al 36, este descuento se reduce al 15 %.

→ Para autónomos societarios:

En septiembre de 2020, la Seguridad Social modificó su enfoque y comenzó a reconocer automáticamente la Tarifa Plana para cualquier autónomo societario que cumpla con los requisitos:

  1. No haber estado previamente dado de alta como autónomo. Si has estado dado de alta, debes considerar los siguientes PLAZOS:
    1. Regla general: deben haber pasado más de 2 años desde tu última alta.
    2. En el caso de haber disfrutado de alguna bonificación de la Seguridad Social durante tu periodo de alta, como la tarifa plana, el plazo se amplía a 3 años.
    3. Si fuiste autónomo colaborador, el plazo se extiende a 5 años.
  1. No tener deudas pendientes con la Seguridad Social ni con Hacienda. En caso de tener deudas con la Seguridad Social, podrás darte de alta como autónomo, pero no podrás beneficiarte de la tarifa plana, debiendo abonar la cuota completa de autónomo societario.

→ Comunidades autónomas con cuota cero en 2024:

La cuota cero para nuevos autónomos implica un respaldo mediante el cual se bonifica el 100% de la cuota para aquellos emprendedores que comienzan su actividad en estas comunidades:

  • Andalucía.
  • Castilla-La Mancha.
  • Castilla y León.
  • Murcia.
  • Baleares.
  • La Rioja.
  • Madrid.
  • Canarias.
  • Extremadura
  • Galicia.

Una vez transcurrido al plazo de la tarifa plana, el autónomo será incluido en el nuevo sistema de cotización por tramos, que se ajusta a sus ingresos reales, mencionados al inicio de este artículo.

Solicitud automática en el alta en el RETA:

  • La solicitud para la tarifa plana se activa automáticamente al darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).

Pasos adicionales necesarios:

  • Además del RETA, recuerda que debes darte de alta en Hacienda a través de los modelos 036 o 037. El alta en la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), marca la «fecha efectiva de alta», el momento reconocido por la Administración como el inicio de tu actividad.
  • También es esencial el registro en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE).

Esto asegura la correcta aplicación de la tarifa plana.